5 de junio de 2012

En vacaciones, recuerda tus derechos

Aeropuerto En vacaciones, recuerda tus derechosSe acercan las vacaciones y miles de personas se preparan para organizar sus destinos y viajes de verano. Pero antes de disfrutar de estos ansiados días de descanso es importante que te informes de tus derechos como viajero. Hoy en Cuestiona queremos darte a conocer como debes actuar ante posibles retrasos o cancelaciones en el transporte, overbooking o pérdida de equipajes. Recuerda que tus derechos en vacaciones son importantes.

Avión:

- Ante la cancelación de un vuelo la compañía debe devolverte el importe íntegro del billete o bien facilitarte un transporte alternativo para llegar a tu lugar de destino con menos de dos horas de retraso. Si esto no fuera posible y el vuelo cancelado sale al día siguiente, la aerolínea deberá proporcionarte comida, alojamiento y traslado gratis al aeropuerto.

- Si el retraso es de tres horas como mínimo, la UE obliga a las compañías a indemnizar a los clientes. Si el retraso es de más de cinco horas, debe reembolsarte en 7 días el importe del billete.

- En cuanto a las indemnizaciones por cancelación de vuelo, en viajes inferiores a 1.500 kilómetros corresponden 250 euros o 125 euros si has logrado viajar hasta el destino con menos de dos horas de retraso. Para vuelos entre 1.500 y 3.000 km (o 1.500 si es intracomunitario) la cantidad es de 400 euros o 200 euros si la compañía te ha facilitado la llegada al destino con menos de tres horas de retraso. De 3.500 km en adelante la indemnización será fijada en 600 euros o 300 euros en caso de llegar con menos de 4 horas de retraso. Si el equipaje resulta dañado, la compensación puede alcanzar los 1.200 euros.

- En caso de sufrir un retraso de más de 2, 3 o 4 horas y según las distancias ya comentadas, tienes derecho a comida, alojamiento y desplazamientos. Por lo que se refiere a las indemnizaciones estas pueden llegar hasta 5.000 euros por daños y perjuicios (siempre que el retraso no se deba a circunstancias extraordinarias). Además, según el Tribunal de Justicia Europeo, la compensación en caso de un retraso superior a 3 horas debe ser el mismo que corresponde a una cancelación y si supera las 5 horas, tienes  derecho a recuperar el importe completo de billete.

- En caso de overbooking, las indemnizaciones son de 250, 400 o 600 euros si el vuelo era de 1.500 kilómetros, entre 1.500 y 3.500 kilómetros o más de 3.500 respectivamente.

- Por lo que se refiere a la pérdida o daño del equipaje, es importante que presentes las incidencias y todas las pruebas posibles dentro de los plazos establecidos, 7 días para el equipaje dañado o incompleto y de 21 si hay retraso en la entrega o se ha perdido.

Tren:

El año pasado, la Unión Europea equiparó los derechos de los viajeros de tren a los de avión. De esta manera si se produce un retraso o cancelación tienes derecho a solicitar una indemnización y a que te mantengan informado.

- Si el viaje en tren presenta un retraso de más de una hora puedes anular el viaje y solicitar la devolución del importe total del billete, o de la parte que no hayas utilizado. Si por el contrario,  decides continuar con el viaje tienes derecho a solicitar una indemnización del 25% del precio del billete si el tren tiene un retraso de entre una  y dos horas; y del 50% del precio del billete si tu tren tiene un retraso de más de dos horas. Esta indemnización debe abonarse en un plazo de un mes a partir de la presentación de la solicitud.

- En caso de cancelación, retraso o pérdida de un tren por circunstancias ajenas al control de la compañía ferroviaria (conflictos políticos, problemas meteorológicos, etc.) no hay derecho a indemnización. Sin embargo, la compañía debe hacer lo posible para prestar el servicio previsto a todos los pasajeros afectados.

- En el caso de la pérdida o daño del equipaje en un tren, la compañía está obligada a pagarte 14,50 euros por kilogramo con un límite de 60 euros por pasajero. Además, tienes derecho a reclamar indemnizaciones en concepto de daños y perjuicios.

Barco o autobús:

Si utilizas el barco o el autobús como medio de transporte podrás disfrutar en unos meses de unos derechos que se pueden comparar a los utilizados en el caso del avión o del tren.

Desde Cuestiona esperamos que disfrutes de unas buenas vacaciones, lejos de posibles incidentes. En caso de sufrir algún percance ya conoces cuáles son tus derechos en vacaciones.

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